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Servicios

Atención de consultas y reclamos de clientes

En virtud de la circular Nro. 2.131 de 28 de noviembre de 2013, las compañías de seguros, corredores de seguros y liquidadores de siniestros, deberán recibir, registrar y responder todas las presentaciones, consultas o reclamos que se les presenten directamente por el contratante, asegurado, beneficiarios o legítimos interesados o sus mandatarios.

Las presentaciones pueden ser efectuadas en todas las oficinas de las entidades en que atienda público, presencialmente, por correo postal, medios electrónicos, o telefónicamente, sin formalidades, en el horario normal de atención.

Recibida una presentación, consulta o reclamo, ésta deberá ser respondida en el plazo más breve posible, el que no podrá exceder de 20 días hábiles contados desde su recepción.

El interesado, en caso de disconformidad respecto de lo informado, o bien cuando exista demora injustificada de la respuesta, podrá recurrir a la Comisión para el Mercado Financiero, servicio de protección al inversionista y asegurado, cuyas oficinas se encuentran ubicadas en Av. Libertador Bernardo O’Higgins #1449, Piso 1°, Santiago, o a través del sitio web www.cmfchile.cl

Circular N° 57

Circular N°57 Normativa antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo. Instruye a los sujetos obligados del sector financiero señalados en el artículo 3° de la Ley N° 19.913 la obligación de solicitar a sus clientes personas jurídicas o estructura jurídicas, una declaración que contenga los datos de identificación suficientes respecto de la identidad de su(s) beneficiario(s) final(es). Descargue aquí la Circular 57

Chubb en Chile, conforme a la circular N° 57 de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), tiene la obligación de solicitar a sus asegurados los datos de las personas que controlan sus estructuras societarias para poder registrarlos y verificarlos. ¿Quienes deben informar? Los Asegurados que cumplan con lo siguiente: ¿Qué datos deben informar? La circular N°57 imparte instrucciones para completar una declaración que contenga los datos de identificación suficientes respecto de la identidad de su(s) controladores (según definición anterior) de empresas. Cada uno de sus Asegurados debe completar y firmar una Declaración Jurada. Dicho formulario electrónico, lo recibirá el corredor vía email por cada uno de sus asegurados. El correo con el link del formulario lo envía la empresa Gesintel, proveedor seleccionado por Chubb para estos efectos.

¿Quien recibirá el correo?
Si usted desea que una persona en particular reciba el formulario (dentro de la corredora o del asegurado), por favor infórmenos mediante un correo a Carolina Bello: carolina.bello@chubb.com
Esta información se pedirá al inicio de cada relación contractual y debe ser actualizada de forma anual, mientras se mantenga una relación contractual entre el Asegurado y la Compañía. Una vez que el corredor reciba el link, tiene un plazo de 60 días para enviar la información de su asegurado. La referida circular establece expresamente que la prolongación injustificada o negativa por parte de nuestros asegurados de proporcionar la información y/o documentación requerida para identificar a sus controladores, nos obliga a considerar dicha situación como una señal de alerta para el envío del  Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UAF.  

Preguntas: Si tiene preguntas sobre el link que recibió por parte de Gesintel, puede comunicarse al correo soporte.ubo@gesintel.cl o llamar al +562 3244 5103 de 08:00 a 20:00 horas. Si quiere aprender cómo el Asegurado debe completar el formulario, puede revisar el siguiente video. Si recibe el link de un asegurado que no corresponde, puede preguntar a su contacto comercial en Chubb.

Defensor del asegurado

Chubb ha aceptado la intervención del Defensor del asegurado cuando los clientes presenten reclamos en relación a los contratos celebrados con la organización. Los clientes pueden presentar sus reclamos ante el Defensor del asegurado utilizando los formularios disponibles en las oficinas de Chubb Seguros o a través de la página www.ddachile.cl.