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Cobertura Básica

Pérdida accidental de la vida.

Exclusiones Generales

  1. Accidente de aviación, cuando el asegurado viaje como piloto o miembro de la tripulación de cualquier aeronave salvo, que viaje como pasajero en una aeronave de línea comercial para transporte de pasajeros.
  2. Accidente de aviación cuando el asegurado viaje como pasajero en una aeronave de línea no comercial para transporte de pasajeros.
  3. Accidentes que la persona asegurada o los beneficiarios, por acción u omisión, provoquen dolosamente o con culpa grave.
  4. Acciones de terceras personas, con utilización de arma de fuego, corto punzante o contundente.
  5. Dedicarse el asegurado a practicar, competir o tomar parte en entrenamientos propios de deportes considerados en la literatura mundial como de alto riesgo, tales como buceo, alpinismo o escalada en roca, montañismo, escalada en hilo donde se haga uso de sogas o guías, espeleología, paracaidismo, planeadores, motociclismo, deportes de invierno, carreras de autos o que se dedique profesionalmente a algún deporte.
  6. Encontrarse el asegurado en servicio activo y en ejercicio de sus funciones, como militar, policía miembro de organismo de seguridad, de inteligencia, guardaespaldas o vigilante de cualquier país o autoridad.
  7. Enfermedades de cualquier naturaleza, salvo que las mismas hayan sido originadas por un accidente amparado en la póliza.
  8. Estado de gestación, alumbramiento, aborto o complicaciones sufridas a causa de cualquiera de estos estados.
  9. Guerra, invasión o acto de enemigo extranjero, hostilidades u operaciones de guerra, haya mediado o no declaración, guerra civil, sedición, revolución, asonada, motín, huelga, movimientos subversivos o en general cualquier clase de conmoción civil.
  10. Haber ingerido el asegurado drogas tóxicas, alucinógenos o ingestión de estupefacientes o cuando la persona asegurada conduzca cualquier clase de vehículo estando bajo efectos del alcohol etílico.
  11. Haberse infringido cualquier norma legal penal por parte del asegurado.
  12. Infecciones producidas por picaduras de insectos tales como malaria, tifo, fiebre amarilla.
  13. Intervenciones quirúrgicas o consecuencias derivadas de ellas, salvo que las mismas hayan sido originadas por un accidente amparado en la póliza.
  14. Suicidio, tentativa de suicidio, lesiones auto infligidas, bien que el asegurado se encuentre en uso de sus facultades mentales o en algún estado de demencia o enajenación mental.
  15. Tratamientos médicos o rayos x, choques eléctricos etc., salvo que las mismas hayan sido originadas por un accidente amparado en la póliza.

Deducibles

No aplica.

Periodo de Carencia

No aplica.

Edades de Ingreso

De 18 a 65 años más 364 días.

Edad Máxima de Permanencia

Hasta los 70 años más 364 días.

Renovación Automática

Si.

Revocación Unilateral

Si.

Subrogación

No aplica.

Coexistencia

No aplica.

Prima

El valor de las primas varía según los amparos, los valores asegurados y los periodos de cobertura de cada producto. Pueden estar en un rango entre $24.000 y $240.000 anuales.

Clausulado - Póliza de Accidentes Personales Modalidad Colectiva Anual

Clausulados - Vida Grupo Empresarial

Clausulado vigente hasta 30/04/2020: Vida Grupo Empresarial – CLACHUBB20160070

Clausulado vigente desde 01/05/2020 y hasta 02/09/2020: Vida Grupo Empresarial – CLACHUBB20160070-D00I

Clausulado vigente desde 03/09/2020: Vida Grupo Empresarial – CLACHUBB20160070-D00I

Anexos - Desmembración por Accidente

Anexos - Amparo Oncologico

Anexo vigente hasta 29/09/2020: Amparo Oncológico – CLACHUBB20160080

Anexo vigente desde 30/09/2020: Amparo Oncológico – CLACHUBB20160080

Anexos - Enfermedades Graves como Anticipo

Clausulado vigente hasta 31/05/2020: Amparo de Enfermedades Graves como Anticipo– CLACHUBB20160081

Clausulado vigente desde 01/06/2020 y hasta 29/09/2020: Enfermedades Graves como Anticipo - ANEXCHUBB2016081

Clausulado vigente desde 30/09/2020: Enfermedades Graves como Anticipo - ANEXCHUBB2016081

Anexos - Incapacidad Total Temporal por Accidente

Anexos - Auxilio por Cirugía Ambulatoria

Anexos - Renta Mensual por Muerte Accidental

Clausulado vigente hasta 06/08/2020: Renta Mensual por Accidente – CLACHUBB20160079

Clausulado vigente desde 06/08/2020: Renta Mensual por Muerte Accidental - ANEXCHUBB2016079-D00I

Anexos - Hospitalización en Unidad de Ciudades Intensivos

Paquetes

El clausulado básico y los anexos que componen los presentes productos se presentan de manera unificada para facilitar la consulta de los consumidores financieros, no obstante lo anterior, las partes que lo compone pueden haber sido depositados de manera independiente ante la Superintendencia Financiera de Colombia con base en los códigos de depósito que se encuentran referenciados en cada una de sus partes.

Adicionalmente, estos productos podrán incluir condiciones de asistencia y condiciones particulares que también podrán ser consultadas en los archivos que a continuación se relacionan.