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Cobertura Básica

Protección a celulares (EEE):

Esta protección consta de dos amparos básicos, el hurto calificado y los daños físicos totales accidentales.

  • Hurto calificado: la conducta cometida en los términos del artículo 239 del código penal, siempre que se presenten las circunstancias estipuladas en el artículo 240 del mismo estatuto.
  • Daños físicos totales accidentales: destrucción total del equipo terminal móvil, como consecuencia de un hecho accidental, súbito e imprevisto
  • Protección a celulares (EEE): esta protección consta de dos amparos básicos, el hurto calificado y los daños físicos totales accidentales.

Exclusiones Generales

Este seguro no se aplica en la medida en que las sanciones económicas o comerciales u otras leyes o regulaciones nos prohíban proporcionar el seguro, incluido, entre otros, el pago de reclamaciones. Todos los demás términos y condiciones de la póliza no se modifican.

Queda entendido que la compañía no será responsable en ningún caso por los siniestros originados y/o como consecuencia de:

  1. Lucro cesante, o daños o pérdidas consecuenciales, entendiéndose como tales, posibles perjuicios adicionales, directos o indirectos sufridos por el asegurado así como por terceros afectados
  2. Pérdidas o daños causados por uso, abuso, deterioro gradual, vicio propio, oxidación, herrumbre, corrosión, enmohecimiento, humedad atmosférica o congelamiento y daños puramente mecánicos parciales
  3. Responsabilidad civil contractual y extracontractual derivada de acción, omisión o ejecución de cualquier clase de uso, desuso, actividad o inactividad, sobre o con el (los) equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  4. Pérdida debida a actos fraudulentos de los empleados del asegurado o cualquier clase de personas a quienes éste haya hecho entrega de los bienes asegurados, a cualquier título
  5. Actividades u operaciones de guerra declarada o no, hostilidades, invasión de enemigo extranjero, guerra civil, revolución, rebelión, insurrección, conspiración, poder militar o usurpado, requisición y destrucción de bienes por orden de cualquier autoridad nacional, departamental o municipal, disturbios políticos, terrorismo y sabotaje con explosivos
  6. Dolo, culpa grave o mala fe del asegurado o de sus representantes, siempre y cuando sean atribuibles a dichas personas
  7. Pérdidas o daños causados directa o indirectamente por irradiación o reacción nuclear o contaminación radioactiva
  8. Los costos normales de mantenimiento, conservación y reparación
  9. Pérdida o daño causado por errores cometidos en la programación de equipo (s) terminal (es) móviles (es) o en instrucciones dadas a equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  10. Motín, conmoción civil, vandalismo y actos mal intencionados de terceros
  11. Uso indebido, incorrecto o ilícito de la(s) línea(s) por el asegurado o un tercero. En consecuencia, se excluyen las pérdidas que sufra el asegurado, por llamadas realizadas desde el momento del hurto, extravío o pérdida de él (los) equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  12. Daño(s) al (los) equipo(s) terminal(es) móvil(es) que operado(s) por su propietario o por un tercero autorizado por éste, no sean consecuencia de un evento accidental, súbito o imprevisto.
  13. Daños y/o deterioro por los que sea responsable el fabricante o proveedor de los bienes asegurados, o aquellos que estén cubiertos por la garantía del equipo(s) terminal(es) móvil(es).
  14. Confiscación de los bienes asegurados por parte de la autoridad competente
  15. Decomiso o embargo de los bienes asegurados
  16. Pérdidas por fraudes o actos deshonestos de terceros, tales como clonación y similares.
  17. Reparaciones no autorizadas o realizadas por fuera de los centros técnicos especializados y autorizados por el proveedor del servicio PCS
  18. Reacondicionamiento o recarga de baterías
  19. Daño o hurto parcial del equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  20. Extravío total o parcial de equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  21. Pérdidas o daños de elementos considerados accesorios del equipo(s) terminal(es) móvil(es) (baterías, manos libres, forros, cargadores etc.)
  22. Se excluyen todos los siniestros ocurridos al asegurado en exceso de dos indemnizaciones reconocidas y pagadas bajo la misma vigencia del certificado individual de seguro
  23. Cambios por renovación o reposición de equipos no reportados a la aseguradora
  24. Cualquier cambio de equipo que no sean renovaciones y reposiciones de los mismos
  25. Cambios de plan (pos pago a prepago o viceversa)
  26. Si los daños en el equipo(s) terminal(es) móvil(es) asegurado pudieran ser reparados, la compañía no repondrá el equipo(s) terminal(es) móvil(es) ni ninguna clase de gasto por los trabajos realizados para la reparación del equipo(s) terminal(es) móvil(es)
  27. Este seguro no se aplica en la medida en que las sanciones económicas o comerciales u otras leyes o regulaciones nos prohíban proporcionar el seguro, incluido, entre otros, el pago de reclamaciones.

Parágrafo: una vez verificados y analizados los documentos y la información que se aporte por el reclamante, en caso de evidenciarse inconsistencias, el asegurador podrá objetar la reclamación o incluso si llegase a ser fraudulenta el asegurado perderá el derecho a la indemnización.

Deducibles

Porcentuales entre 0% y 30%

Periodo de Carencia

No aplica.

Edades de Ingreso

No aplica.

Edad Máxima de Permanencia

De acuerdo a las condiciones particulares de la póliza en tiempos de cobertura.

Renovación Automática

Sí.

Revocación Unilateral

No aplica.

Subrogación

No aplica.

Coexistencia

No aplica.

Prima

Entre $12.000 y $100.000 pesos mensuales.

Clausulados - Celulares

Clausulados - Equipos Móviles