Indemnizamos a tu(s) beneficiario(s) con la suma asegurada señalada en las condiciones particulares en caso fallezcas por causas naturales o por un accidente.
El seguro cubre el riesgo de muerte accidental hasta por un (01) año luego de producido un accidente.
Además, cubriremos el fallecimiento que pueda resultar de un accidente sobrevenido al tratar de salvar vidas humanas.
El seguro brinda cobertura en territorio nacional e internacional.
Cuentas con el respaldo de una asgeuradora de clase mundial con presencia en 54 países.
La indemnización de esta póliza no se concede si la muerte natural o accidental del ASEGURADO se debe a las siguientes causas o circunstancias:
a) Enfermedades preexistentes al inicio del seguro.
b) Suicidio, salvo el contrato haya estado en vigencia ininterrumpidamente por 2 años.
c) Viaje o vuelo en vehículo aéreo de cualquier clase, excepto como pasajero de transporte aéreo comercial.
d) Participación como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas.
e) Participación o intervención, activa, en actos delictuosos.
f) Epidemias.
*Puede revisar el total de exclusiones en el documento "Condiciones Generales".
Todo usuario tiene derecho a designar un Corredor de Seguros como su representante frente a la compañía para efectuar actos administrativos más no de disposición.
Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o al número (51-1) 417- 5000.