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Coberturas

Producido un accidente cubierto por el presente seguro y siempre que las consecuencias de las lesiones corporales sufridas se manifiesten a más tardar dentro de un año de producido el accidente, Chubb pagará por la siguiente cobertura:

  • Muerte Accidental: En caso de muerte por accidente, se pagará al Beneficiario la Suma Asegurada indicada en las Condiciones Particulares. El seguro cubre el riesgo de muerte accidental hasta por un año luego de producido el accidente.
  • Este seguro cubre también cubre las consecuencias que puedan resultar de accidentes sobrevenidos al tratar de salvar vidas humanas.

Beneficios

  • La cobertura provista bajo esta Póliza será efectiva las 24 horas del día y en cualquier parte del mundo.  
  • Contamos con sólidas espaldas financieras para cubrir tus riesgos.
  • Chubb tiene presencia global en 54 países.

Más información

Cláusulas Generales de Contratación

Condiciones Generales

Condiciones Particulares

Certificado

Resumen

Solicitud

Resolución SBS

Todo usuario tiene derecho a designar un Corredor de Seguros como su representante frente a la compañía para efectuar actos administrativos más no de disposición.

Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o en al número (51-1) 417- 5000.