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Cobertura

  • El equivalente a cuatro (4) UIT en caso de muerte.
  • El equivalente de hasta cuatro (4) UIT en caso de invalidez permanente. Para estos efectos se aplicará la tabla de indemnizaciones.
  • El equivalente de hasta una (1) UIT en caso de incapacidad temporal;
  • El equivalente de hasta cinco (5) UIT por gastos médicos en que la(s) víctima(s) deba(n) incurrir para a la atención de las afecciones que directamente provengan de lesiones originadas por el accidente de tránsito en el que haya participado el vehículo automotor. Los gastos médicos comprenden la atención pre hospitalaria, los gastos de atención médica, hospitalaria, quirúrgica y farmacéutica, el transporte al lugar donde recibirá la atención médica, hospitalaria y quirúrgica, y otros gastos que sean necesarios para la rehabilitación de la(s) víctima(s).
  • El equivalente de hasta una (1) UIT, en caso de sepelio, en el que se incluye los gastos de transporte de la(s) víctima(s).

Beneficios

  • Atendemos tus necesidades con eficiencia y velocidad de respuesta.
  • Te damos el soporte de una empresa multinacional, que cuenta con sólidas espaldas financieras y tiene presencia en 54 países.
  • Nuestra cartera de seguros se compone de productos estandarizados de acuerdo a las necesidades de nuestros clientes.
  • Tenemos las coberturas mas amplias del mercado.

Exclusiones

Los siguientes accidentes no son cubiertos por el SOAT:

  • Los causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
  • Los ocurridos fuera del territorio nacional.
  • Los ocurridos en lugares no abiertos al tránsito público.
  • Los ocurridos como consecuencia de guerras, eventos de la naturaleza u otros casos fortuitos o de fuerza mayor, originados por causas ajenas a la circulación del vehículo automotor.
  • El suicidio y la comisión de lesiones auto inferidas. 

Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o al número (51-1) 417- 5000.