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Coberturas

  • Uso indebido de tarjeta por robo, secuestro, hurto o extravío.
  • Compras fraudulentas por Internet, Teléfono y Transferencias de Dinero Virtual
  • Falsificación y/o Adulteración Física de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s) y/o Impresión Múltiple de Vouchers
  • Robo de efectivo por retiro en Cajero Automático y/o Ventanilla
  • Gastos Legales por Uso Malicioso de Documento de Identidad por Robo, Secuestro, Hurto o Extravío
  • Gastos por Trámite de Documentos Personales por Robo, Hurto, Secuestro o Extravío

Exclusiones

La Compañía no pagará la indemnización correspondiente cuando el siniestro ocurra como consecuencia de:

  • Participación, en calidad de autor, cómplice o encubridor del: el propio asegurado; y/o cualquier pariente del asegurado; y/o el/la conyugue o conviviente del asegurado; empleado del asegrado o usuario adicional.
  • Incumplimiento de cualquier deber u obligación del ASEGURADO o Usuario Adicional, impuestos por el Contrato que tiene celebrado con la Entidad Emisora.
  • Daño Patrimonial ocurrido a consecuencia de Terremoto, meteorito, maremoto, erupción volcánica, tornado, vendaval, huracán o ciclón, granizo o inundación.
  • Responsabilidad civil de cualquier tipo que afecte al ASEGURADO o Usuario Adicional y cualquier consecuencia legal derivada del uso, mal uso y/o la Información Sensible de la Tarjeta(s) Asegurada(s).
  • Notificación y/o Bloqueo tardío de la Tarjeta(s) Asegurada(s) a la Entidad Emisora, sin motivos de fuerza mayor.
  • Despacho y/o entrega de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s) por la Entidad Emisora, sus agentes o transportadores, cuando dicha(s) Tarjeta(s) Asegurada(s) haya sido entregada a una persona distinta a aquella a la cual estaba destinada.
  • Perjuicios derivados de actos ilícitos cometidos por la Entidad Emisora, sus empleados o dependientes.
  • Hechos ocurridos antes de la entrada en vigencia del contrato de seguro.
  • Fallas en el Software o Hardware de los sistemas de la Entidad Emisora de la(s) Tarjeta(s) Asegurada(s).
  • Influencia en el ASEGURADO de cualquier narcótico o droga, a menos que sea recetado por un médico, al momento de la ocurrencia del siniestro.
  • El estado de embriaguez del ASEGURADO. Para tal efecto,  se considerará estado de embriaguez cuando el ASEGURADO se niegue a practicarse el examen de alcoholemia u otro que corresponda, o cuando habiéndosele practicado, éste arroje un resultado mayor a 0.50 gr. /lt. de alcohol en la sangre al momento del siniestro.
  • Las operaciones realizadas a través de ventas por catálogo, por teléfono, internet o por cualquier medio de transmisión de datos.

Beneficios

  • Atendemos tus necesidades con eficiencia y velocidad de respuesta.
  • Te damos el soporte de una empresa multinacional, que cuenta con sólidas espaldas financieras y tiene presencia en 54 países.
  • Nuestra cartera de seguros se compone de productos estandarizados de acuerdo a las necesidades de nuestros clientes.
  • Tenemos las coberturas más amplias del mercado.

Documentos de la Póliza

Todo usuario tiene derecho a designar un Corredor de Seguros como su representante frente a la compañía para efectuar actos administrativos más no de disposición.

Para mayor información sobre los productos puede remitirse a www.sbs.gob.pe (portal del usuario), en nuestras oficinas o en al número (51-1) 417- 5000.